Los indicadores de guarida

El puntaje de guarida para cada jurisdicción se construye a partir de 20 indicadores de guarida, que recogen las diferentes reglas, leyes y mecanismos que las multinacionales pueden utilizar para evadir impuestos. El índice califica el sistema legal y fiscal de cada país con un "puntaje de guarida" sobre 100, donde cero significa que no hay margen para el fraude fiscal corporativo y 100 indica un margen sin restricciones para el fraude fiscal corporativo. Nuestros indicadores suelen seguir criterios establecidos por el FMI, la Unión Europea o la OCDE, pero en muchos casos tenemos estándares más elevados.

Los 20 indicadores no se ponderan por igual en el puntaje de guarida final sino que se agrupan en cinco categorías, y cada categoría tiene una ponderación del 20%.

A continuación encontrará breves descripciones resumidas de cada una de las 5 categorías y los 20 indicadores de guarida junto con enlaces a los documentos de la metodología. También puede encontrar más información sobre los indicadores consultando el metodología completa.

CATEGORÍA 1: Tasa del impuesto sobre las sociedades más baja disponible

Por lo general, una jurisdicción posee una tasa “general” o legal para el impuesto sobre la renta de las sociedades, pero en realidad una multinacional puede terminar pagando una tasa impositiva efectiva mucho más baja debido a una resolución fiscal secreta o a excepciones y exenciones específicas. Este indicador identifica la tasa impositiva corporativa más baja disponible (LACIT) para cualquier gran empresa lucrativa que sea residente fiscal en un país. Toma la tasa legal del impuesto sobre la renta de las sociedades solo como un punto de partida para analizar las lagunas y vacíos legales que dan lugar a tasas accesibles más bajas. El puntaje del indicador de guarida 1 se calcula cotejando esa tasa LACIT frente a la tasa de referencia de riesgo de propagación del 35% (la tasa impositiva corporativa más alta disponible en una democracia).

CATEGORÍA 2: Lagunas y vacíos legales

Estos indicadores se centran en diversas exclusiones y exenciones que se pueden utilizar para reducir la tasa o la base impositiva (es decir, qué se grava y qué se excluye o retira de la fiscalidad).

Indicador de guarida 2: Tratamiento para las ganancias de las inversiones extranjeras

Este indicador sobre la carrera hacia el abismo evalúa si el sistema fiscal de una jurisdicción excluye las ganancias de las inversiones extranjeras de su base imponible o si presiona a otros países para que reduzcan sus tasas del impuesto sobre las ganancias.

Para comprender este punto, considere una multinacional con sede en el País A que recibe ingresos pasivos del País B (la imagen de arriba). Estos ingresos pasivos podrían ser:

  1. dividendos (si la multinacional posee acciones en una empresa vinculada o independiente residente en el País B)
  2. intereses (si la multinacional otorgó un préstamo a una empresa residente en el País B), o
  3. regalías (si la multinacional permite que una empresa del País B utilice sus patentes o marcas registradas).

Posiblemente, las autoridades tributarias del País B imponen retenciones a cuenta del impuesto sobre la renta cuando los dividendos, interés o regalías se paguen desde compañías en el País B hacia la multinacional en el País A. Lo que este indicador evalúa es qué hace el País A cuando estos pagos son recibidos.

Si el País A no impone retenciones a cuenta para el impuesto sobre la renta a los pagos recibidos (dividendos, intereses o regalías), o si simplemente permite que esos pagos sean deducidos de la base imponible de la multinacional, entonces el País A está ejerciendo presión en la carrera hacia el abismo. La multinacional solo pagará impuestos sobre esos pagos en los países extranjeros donde los ingresos se generaron, pero no en el País (donde se encuentra la sede de la multinacional). De este modo podría comenzar una guerra fiscal entre países, como ocurre con el País B, a fin de reducir las retenciones a cuenta sobre los dividendos, intereses y regalías para atraer las inversiones de las multinacionales.

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Indicador de guarida 3: Utilización de pérdidas

Este indicador versa sobre cómo las empresas pueden utilizar sus pérdidas de un año como deducciones para reducir los pagos de impuestos en períodos siguientes.

Imagine que una filial multinacional genera 200 euros en pérdidas en el año 2022, y 300 euros en ganancias imponibles en 2023. Con un “traslado de pérdidas” completo, puede reducir sus ganancias imponibles (o su base imponible) en 2023 a 100 euros (= 300 Euros - 200 Euros).

Esto puede parecer razonable y normal. Pero ahora imagine que en vez de eso la compañía registró pérdidas de 5 000 euros en 2020 y ganancias por 300 euros anuales entre 2023 y 2033. ¿Puede trasladar las pérdidas registradas en 2022 para recortar sus ganancias imponibles a cero a lo largo de los próximos diez años? (De hecho, esto es algo que sucedió con muchos de los bancos que fueron rescatados durante y después de la crisis financiera mundial. Peor aún, puede ser que no existan “pérdidas” reales sino que solo se trate de artimañas contables para que parezca que la empresa no tiene ganancias, dado que sería difícil para una empresa mantenerse tantos años con resultados negativos sin irse a la quiebra). ¿Permitiría un país que las pérdidas sean trasladadas hacia delante de manera indefinida, sin límite temporal? Pensemos en un caso todavía más dramático, ¿podría la multinacional trasladar sus pérdidas hacia atrás en el tiempo, a 2021, 2020, 2019, y así sucesivamente, a fin de obtener reembolsos fiscales por esos años?

Las guaridas fiscales corporativas recurren a estas facilidades de utilización generalizada de las pérdidas contables como cebos para atraer transferencias de beneficios de las multinacionales que, de otra manera, podrían terminar en otra parte.

Este indicador mide si las pérdidas pueden trasladarse hacia delante o atrás, y cuáles son los límites que existen para estas prácticas.

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Indicador de guarida 4: Impuesto sobre las ganancias de capital

Cuando se compra un activo como una propiedad o una cartera de acciones y luego lo vende al año siguiente a un precio más alto, se obtiene una ganancia de capital. Los países gravan las ganancias de capital, en diversos grados, generalmente cuando se produce una venta. Este indicador mide el grado en que una jurisdicción grava las ganancias de capital corporativo provenientes de la venta de valores (es decir, acciones y bonos). Así pues, calcula el impuesto más bajo disponible sobre las ganancias de capital corporativo, aplicable para las grandes empresas con fines lucrativos que son residentes fiscales en la jurisdicción, independientemente de cómo se gravan dichas ganancias de capital.

Algunas jurisdicciones incluyen las ganancias de capital de las multinacionales en el marco de sus impuestos sobre la renta de las sociedades corrientes, y otras gravan las ganancias de capital de manera separada. Las tasas también pueden diferir dependiendo de lo que se compra y se vende: ya sea que se trate de bienes raíces, valores financieros u otro tipo de activos. Este indicador considera únicamente las ganancias de capital que obtienen las multinacionales sobre sus valores financieros nacionales y extranjeros, ya que en esas operaciones es donde generalmente se produce la transferencia de beneficios. Usualmente, una filial de la empresa registrada en una guarida fiscal será una sociedad de cartera que posee acciones de otras filiales en todo el mundo. Los impuestos sobre las ganancias de capital con bajas o nulas tasas impositivas son establecidos de manera deliberada para atraer ese tipo de sociedades de cartera. Un ejemplo son las tasas de ganancias de capital en un tratado entre Mauricio e India – (no obstante, nuestro indicador examina la posición predeterminada no basada en los tratados).

Este indicador funciona como el Indicador 1. No examinamos la tasa impositiva general, sino la tasa del impuesto a las ganancias de capital más baja posible. Y, de manera similar se expresa como porcentaje de la misma tasa de referencia del 35 por ciento: por lo que cuanto más baja sea la tasa mayor será el puntaje de guarida fiscal. El indicador posee dos componentes que son ponderados de la misma:
- La tasa impositiva más baja disponible sobre las ganancias de capital corporativo al desechar valores nacionales
- La tasa impositiva más baja disponible sobre las ganancias de capital corporativo al desechar valores extranjeros

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Indicador de guarida 5: Exenciones sectoriales

Los países ofrecen todo tipo de exenciones por los motivos más diversos. Algunas exenciones son geográficas. Se pueden recibir exenciones fiscales por establecerse en una zona económica particular de manera que, por ejemplo, mientras que el resto de las empresas están restringidas en el tiempo, obtenga unas “vacaciones” fiscales de diez años. Dichas exenciones recogidas en el Indicador 6. Este indicador (5), en cambio, cubre las exenciones que se aplican a determinados sectores o actividades económicas que no están restringidas geográficamente ni por el tiempo. Si, por ejemplo, la legislación de Argentina impone una tasa impositiva corporativa general del 35 por ciento, pero en el caso del sector agropecuario se reduce al 15 por ciento; ese supuesto estaría recogido por este indicador.

No queremos penalizar a los países por tratar de apoyar sectores económicos particulares, tal vez como parte de una política industrial que juega con las fortalezas del país. Por lo tanto, este indicador distingue entre las exenciones basadas en costos (donde las exenciones se otorgan sobre la base de la inversión de capital real o para salarios de trabajadores, donde el dinero fue realmente invertido y gastado por la multinacional) y exenciones basadas en las ganancias, que se otorgan simplemente porque la empresa se dedica a determinadas actividades con fines de lucro.

This indicator has two components:

  1. Actividades de inversión, principalmente inversiones financieras e inversiones inmobiliarias, que clasificamos como ingresos pasivos; y
  2. Sectores económicos, como la agricultura, la manufactura, la tecnología de la información, etc.

Nota: Este indicador puede superponerse con el Indicador 1 (Tasa de impuesto sobre la renta corporativa más baja disponible, o LACIT) y la categorización será una cuestión de grados. Si un país ofrece estas reducciones o exenciones en una cantidad determinada de sectores (cuatro o más exenciones completas, u ocho o más exenciones parciales) se le considera también bajo el Indicador 1, que cuenta con una mayor ponderación en el índice. Del mismo modo, si un país tiene una tasa impositiva legal del 0 por ciento (indicador 1), entonces cualquier sector o actividad también tendría una tasa impositiva del 0 por ciento (indicador 5), lo que arroja como resultado un puntaje de guarida de 100 (el riesgo más elevado de evasión fiscal).

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Indicador 6: Zonas económicas y vacaciones fiscales

Este indicador analiza si una jurisdicción ofrece incentivos fiscales especiales en una zona geográfica limitada, como zonas francas, zonas de procesamiento de exportaciones, zonas económicas, etc., o vacaciones fiscales especiales durante un período de tiempo determinado. A diferencia del indicador 5, que se centra en los incentivos fiscales que están disponibles para determinados sectores económicos o actividades de inversión, este indicador se centra en zonas geográficas y el horizonte temporal.

Por lo general, las “vacaciones” fiscales y las zonas libres de impuestos son promocionadas como formas de fomentar la inversión privada, pero en realidad se puede abusar fácilmente de ellas para atraer actividades de transferencia de beneficios, que generan pocos beneficios para la población local en términos de creación de empleo o ingresos fiscales y, por lo general, una importante pérdida de impuestos y una serie de otros perjuicios.

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Indicador de guarida 7: Regímenes aplicables a las patentes

Este indicador evalúa si los países ofrecen incentivos fiscales especiales para la propiedad intelectual (PI), como las patentes. El objetivo declarado de las denominadas “patent boxes” es fomentar la innovación cuando en realidad dichos regímenes suelen diseñarse para atraer las actividades de transferencia de beneficios de las empresas, con pocos o nulos resultados vinculados a la innovación y, por lo general, causan mucho perjuicio. Como sucede con muchas otras de facilidades ofrecidas por las guaridas fiscales corporativas, la aplicación de “patent boxes” provoca que otros países sigan su ejemplo, lo que conduce a una carrera hacia el abismo.

Las jurisdicciones que no ofrecen regímenes especiales para la propiedad intelectual como los “patent boxes” obtienen un puntaje de guarida de cero.

Un factor (ligeramente) atenuante es la cuestión del "nexo" - si el régimen de “patent box” exige o no que las empresas realicen actividades de investigación y desarrollo genuinas vinculadas a la propiedad intelectual en cuestión. O sea, si existe un nexo genuino entre las ganancias generadas y la innovación subyacente que generó ese resultado. La OCDE elaboró una prueba de "nexo" que supuestamente reduce los abusos que surgen de las “patent boxes”, pero su enfoque es complejo e intelectual y de manera práctica defectuoso, por lo que solo otorgamos muy poco crédito a los países que cumplen con la prueba del nexo. Las jurisdicciones que cumplen con la prueba de nexo de la OCDE obtienen un puntaje del 90 por ciento. Las jurisdicciones que ofrecen “patent boxes” pero no la cumplen obtienen un puntaje de guarida del 100 por ciento para este indicador.

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Indicador de guarida 8: Deducibilidad de intereses ficticios

Este indicador evalúa si una jurisdicción ofrece una deducción de intereses ficticios para reducir el impuesto sobre la renta de las sociedades. Esta facilidad permite a las empresas multinacionales reducir su base imponible (es decir, reducir la cantidad de sus ingresos que quedan sujetos a impuestos) al permitirles deducir costos de intereses "ficticios" de sus ingresos imponibles: o sea, deducir pagos que podrían han hecho, pero no hicieron.

La facilidad, más comúnmente conocida como “deducción del interés nocional” o NID, por sus siglas en inglés, fue justificada por sus defensores como una forma de evitar la promoción del uso de la deuda a gran escala, que puede socavar la estabilidad financiera. No obstante, terminó siendo utilizada como un mecanismo para transferir ganancias y evitar el pago de impuestos.

Así es como funciona. Normalmente, una empresa que pide prestada una gran cantidad de deuda puede deducir el pago de los intereses de su base imponible, y esto anima a las empresas a endeudarse, en lugar de obtener su financiamiento de los fondos de los accionistas. La NID, sin embargo, envía el siguiente mensaje: "puede obtener esta deducción de todos modos, sin importar que pida dinero prestado y pague intereses", por lo que se supone que debe eliminar este perjudicial incentivo a endeudarse en exceso. Generalmente, se calcula como un porcentaje del capital social emitido por una empresa. Sin embargo, proporciona una vía para que las empresas, especialmente aquellas que cuentan con un gran capital social, eviten pagar impuestos (y existen mejores mecanismos para eliminar esta “tendencia a endeudarse”). La mejor forma de combatir esa tendencia a endeudarse sería poner fin a la deducibilidad de los intereses.

Apenas se implementó esta facilidad en Bélgica, las empresas perfeccionaron rápidamente la “duplicación” donde utilizaban la NID y la deducción de intereses, y también elaboraron planes para inflar de manera artificial el capital social de sus filiales locales a fin de maximizar las deducciones.

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CATEGORÍA 3: Transparencia y divulgación

¿La jurisdicción permite que las empresas oculten sus asuntos financieros? ¿Qué tipo de información deben presentar? ¿Está disponible para las autoridades fiscales extranjeras? ¿Se hace público?

Indicador de guarida 9: Estados contables de las sociedades comerciales

Este simple indicador evalúa si una jurisdicción exige a todo tipo de sociedades con responsabilidad limitada que presenten sus balances anuales ante un organismo gubernamental y que documentos estén disponibles en línea.

Si todas las cuentas de la empresa están disponibles de manera gratuita, obtienen un puntaje de guarida de cero (bueno). Si están disponibles de manera gratuita, pero no en formato de datos abiertos, obtienen un 25. Si están disponibles en línea, pero se debe pagar una tarifa (hasta 10 euros/dólares/libras) obtienen un puntaje de 50. De lo contrario, obtienen un puntaje de guarida fiscal completo del 100 por ciento.

Tenga en cuenta que este indicador no se refiere solo a las famosas "SRL", que son un tipo de estructura jurídica sujeta a normas fiscales particulares. Se aplica a todas las empresas que gozan del privilegio de responsabilidad limitada, que da derecho a las comunidades donde tienen licencia para operar a exigirles responsabilidad, y esto incluye que sus balances estén disponibles públicamente.

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* Este indicador es el mismo que el Indicador 7 de nuestro Índice de Secreto Financiero.

Indicador de guarida 10: Informes públicos desglosados por países

Actualmente, la mayoría de las jurisdicciones permiten a las multinacionales recoger sus resultados financieros (ganancias, impuestos pagados, etc.) de varios países y agruparlos en un solo conjunto de cifras "regional" o "mundial". Es imposible desglosar estas cifras para calcular lo que sucede en cada país o determinar qué porcentaje de las ganancias de una multinacional se transfiere a las guaridas fiscales. Esto permite a las multinacionales ocultar gran parte de sus asuntos financieros en secreto.

Los informes públicos desglosados por países (CbCR), que la Red para la Justicia Fiscal ha defendido desde su fundación en 2003, son la solución para esto: implica exigir a las empresas que publiquen información relevante, desglosada por separado para cada país en el que opera, incluyendo las guaridas fiscales.

Este indicador mide si se exige a las empresas que cotizan en los mercados bursátiles, participan en determinados sectores (por ejemplo, los extractivos) o están incorporadas en una jurisdicción determinada que presenten públicamente datos de informes financieros de todo el mundo sobre la base de informes desglosados por países.

Si una jurisdicción no exige informes desglosados por países, recibe un puntaje de guarida fiscal del 100 por ciento. Si exige informes desglosados por países conforme a nuestros estándares (ningún país se acerca actualmente) obtiene un puntaje de cero. Si exige informes anuales u ocasionales, o algún tipo de informe para sectores económicos específicos, o informes de datos incompletos, recibe un puntaje parcial.

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Indicador de guarida 11: Presentación local de informes desglosados por países

Este indicador complementa al indicador 10. Sin embargo, mientras que el indicador 10 exige que los informes desglosados por países sean públicos, este indicador (11) evalúa si las autoridades locales garantizaron que pueden obtener informes desglosados por países, incluso si no son publicados.

Los países pueden obtener dichos informes de dos formas: ya sea a través del intercambio de información con el país donde la multinacional tiene su sede (como requiere la Acción 13 del BEPS de la OCDE), o directamente de la propia multinacional, siempre que el país no pueda obtenerlos automáticamente.
Actualmente, la OCDE cuenta con un plan complejo que permite a los países acceder a los informes desglosados por países a través de la ruta indirecta, y solo excepcionalmente, a través de la regla directa. En la práctica, existe todo tipo de obstáculos legales y prácticos para el intercambio de información entre jurisdicciones, como las cláusulas de confidencialidad o la ausencia de los tratados apropiados que permitan el intercambio de esta información. Como resultado, muchos países son incapaces de obtener los informes desglosados por países de manera directa o indirecta.

Este indicador tiene un mecanismo de puntaje sencillo. Las jurisdicciones obtienen un puntaje de guarida fiscal de cero (bueno) si van más allá del marco de la OCDE y exigen la presentación directa de informes desglosados por países cuando no pueden obtenerlos de forma automática (sin importar el motivo). Reciben un puntaje del 100 por ciento (malo) si simplemente adoptan el marco de la OCDE, que restringe de manera severa su capacidad para acceder a los informes desglosados por países y utilizarlos como mejor les parezca (o si ni siquiera solicitan acceder a los informes).

Puede acceder a la metodología completa y a los datos subyacentes aquí.

* Este indicador se basa en el Indicador 9 de nuestro Índice de Secreto Financiero.

Indicador de guarida 12: Acuerdos fiscales unilaterales y contratos de las industrias extractivas

Este indicador mide dos cuestiones vinculadas: primero, si una jurisdicción publica los acuerdos fiscales transfronterizos unilaterales; y segundo, en caso de que la jurisdicción cuente con industrias extractivas (como hidrocarburos o minería), si se publican los contratos de la industria extractiva.

Resoluciones fiscales

Las resoluciones fiscales se hicieron famosas en el escándalo fiscal corporativo de los "Luxleaks", que revelaron cómo Marius Kohl, conocido en los círculos fiscales locales como "Sr. Acuerdos", había aprobado miles de planes de evasión fiscal corporativa para algunas de las multinacionales más grandes del mundo, que eran bendecidos por acuerdos fiscales oficiales. Cuando un periodista preguntó si dichos planes se estaban utilizando correctamente, Kohl se chupó el dedo y lo sostuvo en el aire. “No hay forma de verificarlo”, afirmó.

Las resoluciones fiscales unilaterales son resoluciones privadas que conciernen a contribuyentes individuales y casos singulares que emprenden planes tributarios transfronterizos. Presentan un alto riesgo de fraude en parte porque habilitan muchos planes tributarios transfronterizos cuestionables, pero también porque dan un trato favorable a las grandes multinacionales (que usan los planes) a expensas de sus competidores más pequeños, que generalmente no lo hacen. Las multinacionales defienden estos mecanismos alegando que las ayudan con algo llamado "certidumbre fiscal", que suena bien, pero que en la práctica simplemente significa "certidumbre de impuestos bajos", como explicamos aquí.

Las jurisdicciones que no emiten ningún tipo de resoluciones fiscales obtienen un puntaje de guarida fiscal de cero (bueno). Si emiten resoluciones, pero las publican, obtienen un puntaje parcial, y si emiten resoluciones, pero las mantienen en secreto, reciben la totalidad del puntaje.

Nota: Las resoluciones fiscales unilaterales no son lo mismo que los "Acuerdos previos sobre precios de transferencia (APA, por sus siglas en inglés)". Un APA consiste en el acuerdo anticipado de dos o más administraciones tributarias de jurisdicciones involucradas en una transacción transfronteriza, por lo que es un asunto bilateral o multilateral. Una resolución fiscal unilateral afecta únicamente a la jurisdicción y al contribuyente local.

Si la jurisdicción no cuenta con industrias extractivas, entonces el puntaje total otorga hasta 100 puntos para este indicador. Si la jurisdicción posee industrias extractivas, entonces el puntaje total de las resoluciones fiscales concede hasta 50 puntos.

Contratos de las industrias extractivas

Si existe una industria extractiva, la jurisdicción obtiene hasta 50 puntos adicionales para este indicador, complementando el subindicador de resoluciones fiscales. Si la jurisdicción publica todos o casi todos los contratos en línea de manera gratuita, mediante un requisito de divulgación establecido por la ley, obtiene un puntaje de cero (bueno) aquí.

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Indicador de guarida 13: Declaración del uso de planes de evasión fiscal

Este indicador evalúa si los planes de evasión fiscal deben ser declarados. Tiene dos componentes principales. 

  1. Evalúa si i) los contribuyentes y ii) los asesores fiscales están obligados a informar al menos una vez al año sobre determinados planes de evasión fiscal que han utilizado o comercializado, recibiendo un puntaje de 25 para cada categoría no obligada a declarar.
  2. Evalúa si i) los contribuyentes y ii) los asesores fiscales están obligados a informar al menos una vez al año sobre los detalles de las posiciones fiscales inciertas para las que se crearon reservas en sus declaraciones anuales. Se otorga un puntaje del 25 por ciento para cada caso, cuando no se exige revelar la información. 

Si se exige la presentación de informes en todos los casos, el puntaje es cero (bueno).

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Indicador de guarida 14: Secreto en los tribunales fiscales

Este indicador evalúa cuál es el nivel de opacidad en el sistema judicial de la jurisdicción con respecto a los asuntos fiscales de las multinacionales. Considera si los veredictos, decisiones y sentencias están disponibles públicamente en línea.

El sistema de puntaje es simple: un puntaje de 100 (malo) se reduce si las sentencias se publican en línea de forma gratuita para asuntos penales y civiles. Si se debe pagar una tarifa o existen otras limitaciones para su publicación, entonces el puntaje no se reduce tanto.

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CATEGORÍA 4: Anti-evasión

Esta categoría analiza las medidas defensivas que la jurisdicción pone en marcha para limitar el fraude fiscal por parte de las empresas multinacionales. (Las jurisdicciones que no restringen estas prácticas a menudo pretenden atraer actividades de transferencia de beneficios y, por tanto, participan en actividades de guaridas fiscales nocivas.)

Indicador de guarida 15: Límites a la deducción de intereses

Las deducciones de intereses son herramientas habituales de fraude fiscal. Si una filial local de una empresa multinacional toma un préstamo de una filial extranjera de la misma multinacional, es posible que tenga que pagar una enorme cantidad de intereses a esa filial extranjera. Esos pagos de intereses pueden deducirse como costos, reduciendo así la renta imponible local (es decir, reduciendo la base imponible).

Este indicador evalúa hasta qué punto las jurisdicciones implementan medidas anti-evasión para limitar estas prácticas.

Se utilizan varias medidas para limitar las deducciones de intereses. La más efectiva es aquella que prohíbe las deducciones de intereses por pagos a filiales de la misma multinacional. Menos efectivos pero mejores que nada son los topes para las deducciones de intereses como un porcentaje del EBITDA (una medida corporativa estándar, que muestra las ganancias de una empresa antes de intereses, impuestos, depreciación y amortización). Nuestro indicador otorga un puntaje de cero (bueno) si no se permiten deducciones de intereses intragrupo, un puntaje de 100 si no existen límites a las deducciones de intereses y un puntaje del 50 por ciento si las deducciones están limitadas al 10-30 por ciento del EBITDA.

También existen puntajes que se sitúan entre el 50 y el 100, pero los criterios son más complejos.

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Indicador de guarida 16: Límites a la deducción de regalías

Este indicador es parecido al indicador 15, excepto que examina el uso de pagos de regalías transfronterizos, en lugar de los pagos de intereses, como mecanismo que habilita la posibilidad de realizar deducciones contra la renta imponible local (es decir, contra la "base imponible").

Estas deducciones son, de nuevo, bastante sencillas. Una filial local de una empresa multinacional paga regalías a una filial extranjera de la misma multinacional, por el uso de propiedad intelectual (como una marca o una patente). Esos pagos salientes a la filial extranjera pueden deducirse como costos de la renta impositiva de la filial local, reduciendo así la "base imponible" local y la factura fiscal local.

Algunas jurisdicciones imponen límites a estas prácticas. Damos un puntaje de refugio cero (bueno) si la jurisdicción no permite estas deducciones, un puntaje de 100 (malo) si no pone límites a estas deducciones y una puntuación parcial (50 o 75) si impone algunas restricciones.  

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Indicador de guarida 17: Límites a las deducciones por el pago de servicios

Este es otro indicador que analiza las herramientas que se utilizan para reducir la renta impositiva local (o la "base imponible"). Esta técnica es similar a las deducciones de intereses cubiertas en los indicadores 15 y 16, pero los honorarios reemplazan a los intereses o las regalías como herramienta para crear las deducciones.

Así es como funciona la técnica, en esencia. Una filial local de una multinacional paga honorarios inflados por servicios de gestión o técnicos, de consultoría, etc., a una filial extranjera de la misma multinacional. Si esos pagos de honorarios que fluyen al extranjero pueden deducirse de los ingresos de la filial local, esto reduce la factura fiscal local allí — mientras que la filial extranjera que recibe esos honorarios puede pagar poco o ningún impuesto sobre los ingresos de esos honorarios si se establece en una guarida fiscal. Estas técnicas resultan a menudo especialmente perjudiciales para los países en desarrollo, que descubren que las multinacionales abultan los pagos por esos servicios con el fin de desviar los beneficios al extranjero.

Este indicador trata de comprobar si la jurisdicción cuenta con defensas contra este tipo de vaciamiento de ingresos a través de los pagos transaccionales de servicios. Tenemos dos puntajes posibles: un puntaje de cero (bueno) si se aplican ciertas restricciones a las deducciones por pagos de servicios y un puntaje de 100 si no hay restricciones.

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Indicador de guarida 18: Retención del impuesto a los dividendos

Cuando la filial de una empresa multinacional en el País A devuelve un dividendo a la sede (o a otra filial de la multinacional) en otra jurisdicción, el País A normalmente aplicará una retención a cuenta a esos pagos de dividendos.

Este indicador analiza la tasa impositiva más baja disponible para los pagos de dividendos en los casos en que no se aplica ningún tratado fiscal (la denominada tasa unilateral). Se calcula de manera similar al indicador 1: con una escala móvil medida de acuerdo a la distancia con la tasa de referencia más elevada (del 35 por ciento). Entonces, si la tasa impositiva es 35, obtendrá un puntaje de guarida de 0 (bueno), mientras que si la tasa impositiva es cero, obtendrá un puntaje de 100 (malo).

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Indicador de guarida 19: Normas relativas a las sociedades extranjeras controladas

Este indicador evalúa si los países aplican reglas sólidas sobre las sociedades extranjeras controladas no transaccionales (CFC, por sus siglas en inglés). Una empresa o corporación extranjera controlada (CFC) es exactamente lo que su nombre indica: una empresa extranjera que está controlada por la sede local (o filial) de una empresa multinacional.

Las normas de las CFC son medidas defensivas contra la transferencia de beneficios a guaridas fiscales extraterritoriales. Si una multinacional establecida en el país A genera grandes ganancias en una guarida fiscal extraterritorial, y dicha guarida fiscal no grava esos ingresos de manera adecuada (o en absoluto), entonces el país A puede imponer las normas sobre las CFC para alcanzar y gravar a esa filial en la guarida fiscal. No obstante, abundan los vacíos legales. La OCDE sostuvo que la debilidad de las reglas sobre las CFC constituye uno de los mayores problemas de la fiscalidad internacional.

Si una jurisdicción no posee normas relativas a las CFC, le otorgamos 100 puntos (malo). Para las jurisdicciones que cuentan con algunas normas sobre las SEC, seguimos la lógica de la Unión Europea y las dividimos en dos categorías: transaccionales (menos malo, pero tampoco excelente, ya que están basados en el principio de plena competencia establecido en las pautas de la OCDE para los precios de transferencia) y no-transaccionales (mejor). La explicación de esto es la siguiente.

Las reglas de CFC son difíciles de implementar. Algunos países debilitan o diluyen deliberadamente sus reglas de CFC para atraer las actividades de transferencia de beneficios y convencer a sedes de las multinacionales o a empresas de cartera para que se establezcan allí. La Directiva contra elusión fiscal de la UE (ATAD, por sus siglas en inglés) se introdujo en 2016, y ofrecía a las jurisdicciones una opción de dos opciones: Opción A (no transaccional), la mejor opción que permite a los países cobrar impuestos sobre una serie de ingresos pasivos de las CFC extranjeras, a menos que las CFC desarrollen una actividad económica sustancial (genuina); y la Opción B mucho más débil (transaccional), que impone a la autoridad fiscal la responsabilidad de demostrar que el plan fue puesto en marcha "con el propósito fundamental de obtener una ventaja fiscal".

Nuestro método de puntaje es el siguiente:

  1. Las jurisdicciones sin reglas referidas a las CFC obtienen un puntaje de 100 (malo) en este indicador.
  2. Las jurisdicciones que adoptaron la Opción B (transaccional) obtienen un puntaje de 75 (bastante malo).
  3. Las jurisdicciones que adoptaron la Opción A (no transaccional) obtienen un puntaje de 0 (buena) (aunque la Opción A está lejos de ser perfecta).

Haga click aquí para ver la metodología completa del indicador de guarida 19.

 

CATEGORÍA 5: Acuerdos tributarios

Cuando una empresa multinacional con sede en una jurisdicción invierte u obtiene ingresos en otra jurisdicción, surge la cuestión de qué jurisdicción debe gravarla. Los países firman “Tratados de doble imposición” para resolver estas cuestiones. Las guaridas fiscales corporativas tienden a firmar tratados que anulan las leyes fiscales nacionales e imponen tasas impositivas muy bajas o nulas cuando las multinacionales transfieren dinero de un país a otro.

Indicador de guarida 20: Agresividad de los acuerdos para evitar la doble imposición

Este importante y complejo indicador indica el nivel de agresividad adoptado por una jurisdicción a la hora de firmar convenios bilaterales para evitar la doble imposición (los DTA, por sus siglas en inglés, son acuerdos que determinan cómo se gravan los pagos transfronterizos, a qué tasa y qué jurisdicción lo cobra). Las guaridas fiscales corporativas suelen firmar un gran número de DTA con tasas impositivas muy bajas o nulas y que incluyen vacíos y lagunas legales y otros puntos débiles. Así pues, las multinacionales eligen estas jurisdicciones como trampolines en sus recorridos diseñados a través del sistema fiscal internacional para eludir impuestos.

Este indicador se evalúa sobre la base de las tasas de retención de impuestos para dividendos, intereses y regalías establecidas en los tratados fiscales de una jurisdicción. Dado que existen muchos miles de convenios bilaterales de este tipo, este indicador requiere realizar muchos cálculos.

Para comprender cómo se calcula este indicador, considere dos jurisdicciones, J1 y J2. Si J1 y J2 tienen un DTA que no establece retenciones sobre los dividendos (tasa impositiva del 0 por ciento), no sabemos a quién responsabilizar. ¿Acaso J1 impuso esto a J2 o fue al revés? Para determinarlo, analizamos los tratados firmados por J1 y J2 con otras jurisdicciones. Si los acuerdos de J2 con los países J3, J4 y J5 establecen una tasa promedio del 15 por ciento, pero con J1 es cero por ciento, asumimos que la responsabilidad es de J1. Esto se confirmaría si la mayoría de los acuerdos de J1 con otros países también tuvieran tasas impositivas del cero por ciento.

Para evaluar el puntaje de J1, comenzamos analizando las tasas impositivas promedio para los dividendos en los DTA para cada país socio de J2. Pongamos para J2. Buscamos si el tratado con J1 establece una tasa mayor o menor que el promedio de los DTA de J2. Si es menor, entonces la política de tratados de J1 se considera agresiva. Este diferencial se suma con todos los diferenciales similares observados en toda la red de tratados de J1. Luego se hace lo mismo con las tasas impositivas sobre los intereses y las regalías. Estas cifras se suman para producir el puntaje de un país para este indicador. El puntaje más dañino para un país se define como el máximo riesgo de guarida (100), y todos los puntajes de los demás países se prorratean

en relación a ese riesgo máximo.

Nota: tratamos a las guaridas fiscales con nula imposición como los peores países, dado que ejercen una presión a la baja sobre los impuestos incluso sin acuerdos fiscales.

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